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Los errores legales de las startups al firmar acuerdos casi nunca duelen el día de la firma. Aparecen meses o años después, en la due diligence (la revisión legal que hace un inversor o un comprador antes de entrar), y se pagan con descuentos de valoración, rondas que se retrasan o socios que se marchan con un trozo de la empresa. Los más caros son siempre los mismos: un pacto de socios sin vesting, propiedad intelectual que no está a nombre de la sociedad, notas convertibles mal planteadas, contratos con clientes grandes firmados sin negociar y proveedores que tratan datos personales sin el contrato que exige el RGPD.
En esta guía tienes los diez errores más frecuentes, explicados para fundadores sin formación jurídica, con lo que dice la ley española en cada caso, ejemplos con cifras, redacciones que puedes proponer y qué hacer si ya has firmado algo mal. No es una lista de cláusulas sueltas (para eso tienes las cláusulas que cuestan miles a startups y pymes): es un repaso de los acuerdos que construyen una startup.
En resumen: firma un pacto de socios con vesting de cuatro años y cliff de uno antes de que entre nadie más; haz que fundadores, empleados y freelancers cedan por escrito su trabajo a la sociedad; recuerda que una SL no puede emitir obligaciones convertibles y que las notas se convierten por compensación de créditos; no esperes que un fondo firme un NDA; y firma un contrato de encargado del tratamiento con cada proveedor que toque datos personales.
Por qué los errores legales de las startups salen tan caros
Una startup vale, sobre todo, por tres cosas: su equipo, su tecnología y sus contratos con clientes. Los tres dependen de papeles que se firmaron deprisa en los primeros meses. Cuando llega un fondo, su abogado revisa justo eso: quién es socio y en qué condiciones, si la sociedad es dueña del código y la marca, qué compromisos tiene con clientes y proveedores, y si cumple la normativa de datos.
Cada defecto se traduce en una de tres cosas: una condición previa al cierre (arréglalo antes de que firmemos), una garantía con indemnización a cargo de los fundadores, o un descuento en el precio. En el peor caso, el inversor se retira. Arreglar algo con prisa y con un tercero esperando siempre cuesta más que hacerlo bien al principio.
Los 10 errores de un vistazo
| Error | Cuándo aparece | Qué cuesta | Cómo evitarlo |
|---|---|---|---|
| Pacto de socios inexistente o sin vesting | Sale un cofundador | Un socio inactivo con un porcentaje alto | Vesting 4 años, cliff 12 meses, good/bad leaver |
| PI de fundadores sin ceder | Due diligence | Condición previa al cierre | Cesión escrita a la sociedad del trabajo previo |
| Freelancers sin cesión de derechos | Due diligence o conflicto | Código o diseño que no es tuyo | Cesión con modalidades, plazo y territorio |
| Nota convertible copiada de un SAFE americano | Ronda siguiente | Dilución inesperada o conversión bloqueada | Préstamo convertible adaptado a la Ley de Sociedades de Capital |
| Exigir NDA a inversores | Primera reunión | Fondos que no te reciben | Compartir por fases; NDA solo en due diligence |
| Términos SaaS propios mal hechos | Primer conflicto con un cliente | Responsabilidad sin límite | Techo, SLA realista, ley y tribunales españoles |
| Proveedores sin contrato de encargado | Auditoría o brecha | Sanción y pérdida de clientes | Contrato del artículo 28 RGPD con cada uno |
| Contrato enterprise firmado tal cual | Incidencia o impago | Indemnidad sin techo, cobro a 120 días | Negociar responsabilidad, pagos y salida |
| Firmar con quien no tiene poder | Incumplimiento de la otra parte | Contrato discutible | Comprobar cargos y poderes en el Registro Mercantil |
| Contratos sin orden | Due diligence | Semanas de retraso | Repositorio único con fechas y versiones firmadas |
Pacto de socios: ¿qué debe incluir antes de que entre un inversor?
El pacto de socios es el contrato privado entre los socios que regula lo que los estatutos no cubren: quién decide qué, qué pasa si alguien se va y cómo se vende la empresa. El error más común es no tenerlo, o tener uno descargado que no encaja con una startup.
Un matiz legal que muchos fundadores desconocen: según el artículo 29 de la Ley de Sociedades de Capital, los pactos que se mantengan reservados entre los socios no son oponibles a la sociedad. Obligan a quienes los firman, pero la sociedad no está vinculada por ellos. Por eso lo que pueda llevarse a los estatutos (restricciones a la transmisión de participaciones, por ejemplo, que el artículo 107 deja a lo que digan los estatutos) conviene inscribirlo, y el pacto debe prever penalizaciones o compromisos de voto para que sea eficaz.
Lo mínimo que debe regular un pacto de socios de una startup:
- Dedicación y no competencia de los fundadores mientras sean socios.
- Vesting y salida (lo vemos en la siguiente sección).
- Arrastre (drag-along): si una mayoría cualificada acepta vender el 100 %, el resto debe vender en las mismas condiciones.
- Acompañamiento (tag-along): si un socio vende su parte, los demás pueden vender la suya en las mismas condiciones.
- Materias reservadas que requieren mayorías reforzadas, y qué ocurre si hay bloqueo.
- Cesión de propiedad intelectual de los fundadores a la sociedad.
Vesting y cliff: ¿qué pasa si un cofundador se va a los ocho meses?
El vesting es el calendario por el que cada fundador "consolida" su participación con el tiempo. El cliff es el periodo inicial durante el que no se consolida nada. Lo habitual en el ecosistema es cuatro años con un cliff de doce meses: si te vas antes del primer año, no consolidas nada; a partir de ahí, consolidas mes a mes.
En España no hay una figura legal de vesting. Se construye en el pacto de socios con una opción de compra sobre las participaciones del socio que se va: la sociedad o los demás socios pueden comprarle las no consolidadas a un precio pactado. Ese precio depende de cómo salga:
| Tipo de salida | Ejemplos habituales | Precio de las participaciones no consolidadas |
|---|---|---|
| Good leaver | Fallecimiento, incapacidad, despido sin causa | Valor razonable o de mercado |
| Bad leaver | Baja voluntaria temprana, incumplimiento grave, competencia | Valor nominal o el menor entre nominal y mercado |
Ejemplo con cifras. Dos fundadores al 50 %, vesting de cuatro años con cliff de doce meses. Si uno se marcha a los ocho meses, no ha consolidado nada y la sociedad puede recomprar todo su 50 %. Si se marcha a los 30 meses, ha consolidado 30/48 = 62,5 % de su paquete, es decir, el 31,25 % de la empresa. El 18,75 % restante se recompra al precio pactado. Sin vesting, conservaría el 50 % entero sin volver a trabajar en el proyecto.
Cláusula problemática: "Si cualquiera de los socios dejara de prestar servicios a la Sociedad, los restantes socios podrán adquirir sus participaciones al precio que acuerden las partes."
Versión equilibrada: "Las participaciones de cada Fundador se consolidarán a razón de 1/48 mensual, con un periodo mínimo de doce meses durante el cual no se consolidará ninguna. Si un Fundador cesa como bad leaver, la Sociedad o los demás socios podrán adquirir las participaciones no consolidadas por su valor nominal; si cesa como good leaver, por su valor razonable determinado por un experto independiente. La opción se ejercitará en los noventa días siguientes al cese."
Si vas a repartir stock options entre empleados, ten en cuenta que, para empresas emergentes certificadas, la Ley 28/2022 elevó a 50.000 € anuales la exención en el IRPF por entrega de acciones o participaciones a trabajadores (frente a 12.000 € con carácter general), con requisitos. Confírmalo con tu asesor antes de diseñar el plan.
Propiedad intelectual de fundadores, empleados y freelancers
La sociedad tiene que ser dueña de lo que vende. Parece obvio, pero la Ley de Propiedad Intelectual (RDLeg 1/1996) no lo da por hecho en todos los casos:
- Empleados: el programa de ordenador creado por un trabajador en el ejercicio de sus funciones pertenece al empresario, salvo pacto en contrario (artículo 97.4). Para otras obras (diseños, textos), se presume la cesión en exclusiva con el alcance necesario para la actividad habitual de la empresa (artículo 51). Aun así, conviene dejarlo por escrito.
- Fundadores: el código, la marca o los diseños que crearon antes de constituir la sociedad son suyos como personas físicas. Hay que cederlos o aportarlos a la sociedad por escrito.
- Freelancers y agencias: no hay ninguna presunción a favor del cliente. Si no hay cesión escrita, los derechos siguen siendo del autor.
Además, toda cesión debe formalizarse por escrito (artículo 45) y queda limitada a las modalidades de explotación, el tiempo y el territorio pactados. Si no se dice nada, la cesión dura cinco años y vale solo para el país donde se firma (artículo 43.2). Y es nula la cesión del conjunto de las obras que el autor pueda crear en el futuro (artículo 43.3): un "cedo todo lo que haga" no sirve; hay que identificar el proyecto o el tipo de trabajos.
Cláusula problemática: "Los trabajos realizados serán propiedad del Cliente."
Versión equilibrada: "El Proveedor cede a la Sociedad, en exclusiva, para todo el mundo y por el plazo máximo de protección, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación sobre el código fuente, el código objeto, la documentación y los diseños creados en ejecución de este contrato, para cualquier modalidad de explotación. Los componentes preexistentes del Proveedor, identificados en el Anexo I, seguirán siendo suyos y se licencian a la Sociedad de forma no exclusiva, perpetua y gratuita en la medida necesaria para usar los trabajos."
En la guía sobre qué debe incluir un contrato de prestación de servicios con un freelance tienes el punto de vista del profesional, útil para negociar sin romper la relación.
Notas convertibles y SAFE en España: ¿se pueden usar?
El SAFE (Simple Agreement for Future Equity) es un documento estadounidense por el que un inversor pone dinero hoy a cambio de participaciones en la siguiente ronda, con un valor máximo de conversión (cap) y a veces un descuento. Copiarlo tal cual en una SL española da problemas, porque nuestra ley funciona distinto:
- Una SL no puede emitir obligaciones convertibles en participaciones (artículo 401.2 de la Ley de Sociedades de Capital).
- Lo que se usa es un préstamo convertible (o un préstamo participativo con opción de conversión): el inversor presta y, en la ronda, su crédito se capitaliza mediante un aumento de capital por compensación de créditos. En una SL, el crédito debe ser totalmente líquido y exigible en ese momento (artículo 301.1), así que el contrato tiene que prever el vencimiento anticipado en la ronda.
- La conversión necesita un acuerdo de la junta. Si los socios no se comprometen a votarlo en el propio contrato o en el pacto de socios, la conversión puede bloquearse.
- Al no ser una aportación dineraria, el aumento por compensación no genera derecho de preferencia para los demás socios (artículo 304.1).
Ejemplo de dilución (simplificado). Tu sociedad tiene 10.000 participaciones. Un inversor presta 200.000 € con un cap de 2 millones y un descuento del 20 %. En la ronda, un fondo invierte 1 millón con una valoración previa de 4 millones: precio de 400 € por participación. El precio de conversión es el menor entre el cap (2.000.000 / 10.000 = 200 €) y el descuento (400 × 0,8 = 320 €): 200 €. El inversor de la nota recibe 1.000 participaciones y el fondo, 2.500. Los fundadores pasan del 100 % al 74,1 % (10.000 de 13.500). Sin cap, con solo el descuento, la nota se convertiría en 625 participaciones y los fundadores conservarían el 76,2 %. Ese cap te cuesta dos puntos de la empresa: negócialo sabiendo lo que es.
NDA con inversores: por qué casi ningún fondo lo firma
Pedir un acuerdo de confidencialidad a un fondo en la primera reunión es un error de novato. Los fondos ven cientos de proyectos parecidos al año y no pueden asumir obligaciones con cada uno; la mayoría se niega a firmarlos en fases iniciales, y alguno simplemente dejará de responder.
Lo práctico es compartir por fases: en la primera conversación, el problema, la tracción y el equipo; el detalle técnico, los contratos y las métricas finas, en la due diligence, cuando ya hay interés real. En esa fase sí es razonable un NDA, normalmente con el modelo del propio fondo. Además, la Ley 1/2019 de Secretos Empresariales protege tu información confidencial aunque no haya NDA, siempre que hayas adoptado medidas razonables para mantenerla en secreto. Lo explicamos con detalle en la guía sobre qué firmas en un NDA.
Términos SaaS y contratos con clientes enterprise
Dos errores opuestos con el mismo origen: no pensar en el contrato como parte del producto.
Tus propios términos SaaS. Muchas startups copian los de otra empresa, a menudo de Estados Unidos. Lo mínimo para un SaaS B2B en España: un techo de responsabilidad, un nivel de servicio (SLA) que puedas cumplir de verdad, qué pasa con los datos del cliente al terminar, cómo cambias precios y condiciones, ley española y tribunales asumibles. Si vendes también a consumidores, se aplica la normativa de consumo y tus términos tienen que cumplirla; lo resumimos en términos y condiciones: qué aceptas.
El contrato del cliente grande. Cuando una gran empresa te compra, te enviará su contrato marco, su acuerdo de tratamiento de datos y un cuestionario de seguridad. La tentación es firmarlo todo para cerrar la venta. Revisa al menos cuatro puntos: la indemnidad (que tenga techo), el techo de responsabilidad, los plazos de pago (la Ley 3/2004 prohíbe pactar más de 60 días entre empresas) y el cambio de control, que puede afectar a tu siguiente ronda. Un cliente grande acepta cambios razonables más a menudo de lo que parece, sobre todo si los pides con una redacción concreta.
RGPD con proveedores: el contrato que casi todas las startups olvidan
Cada vez que un proveedor trata datos personales por tu cuenta (tu CRM, tu herramienta de email, tu hosting, tu agencia de marketing), es un encargado del tratamiento y el artículo 28 del RGPD exige un contrato por escrito con un contenido mínimo: objeto, duración, tipo de datos, que solo trate los datos siguiendo tus instrucciones, confidencialidad de su personal, medidas de seguridad, condiciones para subcontratar, ayuda para atender los derechos de los interesados, devolución o borrado al terminar y posibilidad de auditoría.
Con proveedores grandes ese contrato suele estar en sus condiciones como "DPA" (Data Processing Agreement): descárgalo, acéptalo y guárdalo. Con proveedores pequeños, a menudo no existe y hay que firmarlo. Revisa también si los datos salen del Espacio Económico Europeo y con qué garantía. Tus clientes enterprise te pedirán la lista de subencargados, y no tenerla retrasa ventas. Si quieres ver cómo gestionamos nosotros los documentos que nos confías, lo contamos en seguridad.
Errores frecuentes y matices
- Acuerdos de palabra o por email. Un email puede ser un contrato válido, pero probar qué se pactó exactamente es otra historia. Todo lo que afecte a dinero, propiedad intelectual o exclusividad, por escrito y antes de empezar.
- Plantillas de otro país. Un contrato con figuras de derecho estadounidense puede no funcionar en España o necesitar ajustes, como pasa con el SAFE.
- No comprobar quién firma. Antes de un contrato relevante, verifica en el Registro Mercantil quién es administrador o tiene poder suficiente.
- Creer que el pacto de socios obliga a la sociedad. Recuerda el artículo 29: lo que importe frente a todos, a los estatutos.
- Contratos dispersos. En una due diligence te pedirán las versiones firmadas, no el borrador del correo. Un repositorio ordenado acorta semanas.
Qué hacer si ya lo has firmado mal
- Propiedad intelectual sin ceder: firma ahora una cesión escrita de los fundadores y freelancers a la sociedad que identifique las obras ya creadas (código, marca, diseños), con modalidades, plazo y territorio. Si un antiguo colaborador no quiere firmar, valora con un abogado el riesgo real y las alternativas.
- Pacto sin vesting: la ronda es el momento natural para introducirlo; muchos inversores lo piden como condición. Se puede pactar con reconocimiento del tiempo ya trabajado.
- Nota convertible mal planteada: antes de la ronda, revisa si el crédito vence en ese momento, si hay compromiso de voto de los socios y cómo se calcula la conversión. Firmar una adenda con el inversor de la nota es mucho más fácil antes que durante la negociación con el fondo.
- Proveedores sin contrato de encargado: haz una lista de herramientas que tratan datos personales y firma o acepta los DPA que falten.
- Contrato enterprise desequilibrado: renegocia en la renovación o cuando el cliente pida ampliar el servicio, que es cuando más palanca tienes.
En operaciones societarias (rondas, entradas de socios, ventas), trabaja con un abogado especializado en startups. Tenerlo todo ordenado y revisado de antemano reduce sus horas; si quieres hacerte una idea de costes, mira cuánto cuesta que un abogado revise un contrato.
Cómo ordenar y revisar tus acuerdos con LexyAi
LexyAi analiza en minutos un contrato con un cliente, un proveedor o un freelancer y te señala lo que en esta guía hemos visto que más cuesta: cesiones de propiedad intelectual incompletas o sin plazo, indemnidades sin techo, plazos de pago por encima de los 60 días, cambios de control que pueden afectar a una ronda o falta de cláusulas de protección de datos. Cada riesgo se explica en lenguaje claro y viene con preguntas para negociar.
Cuando el cliente te devuelve su contrato marco con cambios, la comparación de versiones te dice qué ha cambiado y si te perjudica. Y con los proyectos puedes agrupar los contratos por área (socios, clientes, proveedores, equipo) para llegar a la due diligence con todo localizado. Más detalles en la página para startups. Para el pacto de socios o una ronda, úsalo como primera lectura antes de reunirte con tu abogado, no como sustituto.
Checklist legal para fundadores
- Hay pacto de socios firmado con vesting, cliff y supuestos de good y bad leaver.
- Lo que deba valer frente a todos está en los estatutos.
- Los fundadores han cedido por escrito a la sociedad el trabajo previo a su constitución.
- Cada freelancer y agencia ha firmado una cesión con modalidades, plazo y territorio.
- Las notas convertibles prevén vencimiento en la ronda, compromiso de voto y fórmula de conversión clara.
- Solo firmo NDA con inversores en la due diligence.
- Mis términos SaaS tienen techo de responsabilidad, SLA realista y ley española.
- Cada proveedor que trata datos personales tiene contrato de encargado del tratamiento.
- He revisado indemnidad, responsabilidad, pagos y cambio de control en los contratos de clientes grandes.
- Todos los contratos firmados están en un único repositorio con sus fechas.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Para situaciones específicas, consulta siempre con un abogado colegiado.

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Frequently asked questions
No es obligatorio por ley, pero en la práctica es imprescindible en cuanto hay más de un socio. Los estatutos no regulan qué pasa si un fundador se va, cómo se vende la empresa o qué decisiones exigen mayorías reforzadas. Cualquier inversor pedirá uno antes de entrar, así que es mejor tenerlo firmado desde el principio y adaptarlo en la ronda.



